¿A quiénes les podrán ser expedida la Tarjeta Europea de Armas?
La respuesta correcta es la a: A los/las españoles/las y extranjeros/ras residentes en España. Según el artículo 113.1 del Reglamento de Armas, la Tarjeta Europea de Armas de Fuego se expide a los residentes en España que estén debidamente documentados para la tenencia y uso en territorio español de las armas de que se trate. Por eso puede obtenerla tanto un español como un extranjero, siempre que resida en España. No se concede a quienes no residen en el país, sean españoles o extranjeros.
El tema 4 trata de los documentos para la tenencia y el uso de armas: tipos de licencias y autorizaciones, requisitos, validez y renovación, y la tarjeta europea de armas de fuego.
El reparto oficial de la Guardia Civil asigna 4 preguntas a este tema. El examen tiene 20 preguntas, y hay que acertar al menos 16 para aprobar. Puedes repasar todas las preguntas del tema 4 o hacer el test del tema.
Pregunta y respuesta del cuestionario oficial de la Guardia Civil para la prueba teórica de las licencias de armas D, E y AEM. Las explicaciones son nuestras y no sustituyen a la normativa vigente.
