¿Podría utilizar un titular de licencia de armas “E” una escopeta de su propiedad inscrita en un Libro-Registro de coleccionista, para ejercer la caza?
La respuesta correcta es la a: No, porque está prohibido su uso. No. El artículo 107.b) del Reglamento de Armas permite a los coleccionistas poseer armas antiguas, históricas o artísticas inscritas en un Libro-Registro, pero añade expresamente que queda prohibido el uso de las armas inscritas en dicho Registro. Por eso aunque el titular de la licencia E y del libro-registro sea la misma persona, la escopeta inscrita como pieza de colección no puede usarse para cazar. Lo que se prohíbe es su uso, no solo su circulación, que exige una guía especial.
El tema 4 trata de los documentos para la tenencia y el uso de armas: tipos de licencias y autorizaciones, requisitos, validez y renovación, y la tarjeta europea de armas de fuego.
El reparto oficial de la Guardia Civil asigna 4 preguntas a este tema. El examen tiene 20 preguntas, y hay que acertar al menos 16 para aprobar. Puedes repasar todas las preguntas del tema 4 o hacer el test del tema.
Pregunta y respuesta del cuestionario oficial de la Guardia Civil para la prueba teórica de las licencias de armas D, E y AEM. Las explicaciones son nuestras y no sustituyen a la normativa vigente.
