De las que se citan ¿Qué autoridades son competentes para ordenar la instrucción de un procedimiento sancionador en materia de armas?
La respuesta correcta es la b: Director/a General de la Guardia Civil, Delegado/a del Gobierno y los/las Alcaldes/sas. El Reglamento de Armas (art. 159) atribuye la competencia sancionadora, y con ella la de ordenar la instrucción del procedimiento, al Director General de la Guardia Civil, al Delegado del Gobierno y, en ciertas infracciones leves (arts. 105 y 149.5), a los alcaldes. El Interventor de Armas y Explosivos instruye y controla, pero no es la autoridad sancionadora que ordena iniciar el expediente, y el Delegado de Hacienda no tiene competencia alguna en esta materia. La Ley Orgánica 4/2015 (art. 32) ha reformado después el reparto de órganos competentes; consulta siempre el texto vigente.
El tema 5 trata del régimen sancionador: delitos e infracciones en materia de armas, quién sanciona, plazos de prescripción y retirada de las armas.
El reparto oficial de la Guardia Civil asigna 3 preguntas a este tema. El examen tiene 20 preguntas, y hay que acertar al menos 16 para aprobar. Puedes repasar todas las preguntas del tema 5 o hacer el test del tema.
Pregunta y respuesta del cuestionario oficial de la Guardia Civil para la prueba teórica de las licencias de armas D, E y AEM. Las explicaciones son nuestras y no sustituyen a la normativa vigente.
