¿Podemos considerar como coleccionista a una persona que solo reúne componentes esenciales de las armas?
La respuesta correcta es la b: Sí, es correcto. Sí, el Reglamento de Armas considera coleccionista a la persona física o jurídica dedicada a reunir y conservar armas, componentes esenciales o municiones con fines históricos, culturales, científicos, técnicos, educativos o de conservación del patrimonio, y que está autorizada como tal por la autoridad competente (art. 2.23). Por tanto, no es necesario coleccionar armas completas. Es imprescindible que esté autorizado como coleccionista, y la vocación no es el criterio.
El tema 7 trata de las armas de colección y las armas antiguas, sus réplicas y conceptos básicos de historia, calibres, munición y pólvora.
El reparto oficial de la Guardia Civil asigna 4 preguntas a este tema. El examen tiene 20 preguntas, y hay que acertar al menos 16 para aprobar. Puedes repasar todas las preguntas del tema 7 o hacer el test del tema.
Pregunta y respuesta del cuestionario oficial de la Guardia Civil para la prueba teórica de las licencias de armas D, E y AEM. Las explicaciones son nuestras y no sustituyen a la normativa vigente.
