Un arma de fuego larga, de ánima lisa, que no es escopeta, ¿podría clasificarse en la 3ª categoría?
La respuesta correcta es la a: Sí. Sí, podría clasificarse en la 3.ª categoría. El artículo 3 del Reglamento incluye en la 3.ª.2 las escopetas y demás armas de fuego largas de ánima lisa, siempre que los bancos de pruebas reconocidos las hayan marcado con punzón de escopeta de caza y no sean armas de guerra. Por tanto no es una arma de 1.ª categoría (opción b), que se reserva a las armas cortas, y no depende del proyectil (opción c).
El tema 2 trata de cómo clasifica las armas el Reglamento de Armas: definiciones, categorías, armas prohibidas y qué armas ampara cada licencia.
El reparto oficial de la Guardia Civil asigna 3 preguntas a este tema. El examen tiene 20 preguntas, y hay que acertar al menos 16 para aprobar. Puedes repasar todas las preguntas del tema 2 o hacer el test del tema.
Pregunta y respuesta del cuestionario oficial de la Guardia Civil para la prueba teórica de las licencias de armas D, E y AEM. Las explicaciones son nuestras y no sustituyen a la normativa vigente.
