Un arma de fuego larga, de ánima lisa, que no es escopeta, ¿podría clasificarse en la 2ª categoría?
La respuesta correcta es la b: No, por ser un arma clasificada en la 3ª categoría. No, no podría clasificarse en la 2.ª categoría. El artículo 3 del Reglamento reserva la 2.ª categoría a las armas largas para vigilancia y guardería y a las armas largas rayadas de caza mayor, mientras que las armas largas de ánima lisa se encuadran en la 3.ª.2. Por eso la opción b es la correcta: es un arma de la 3.ª categoría. Tampoco depende del proyectil (opción c): la clasificación se basa en las características del arma.
El tema 2 trata de cómo clasifica las armas el Reglamento de Armas: definiciones, categorías, armas prohibidas y qué armas ampara cada licencia.
El reparto oficial de la Guardia Civil asigna 3 preguntas a este tema. El examen tiene 20 preguntas, y hay que acertar al menos 16 para aprobar. Puedes repasar todas las preguntas del tema 2 o hacer el test del tema.
Pregunta y respuesta del cuestionario oficial de la Guardia Civil para la prueba teórica de las licencias de armas D, E y AEM. Las explicaciones son nuestras y no sustituyen a la normativa vigente.
