Si no constituye infracción penal, la reparación sin autorización de un arma para lanzar cabos, ¿de qué infracción administrativa se trata?
La respuesta correcta es la a: Grave. El arma para lanzar cabos es de la categoría 7.ª 3 del Reglamento de Armas. Por eso su reparación sin autorización se castiga como infracción grave en el art. 156.a): se aplican multas de 300,51 a 30.050,61 euros, clausura de hasta seis meses del local y comiso de los instrumentos. Las muy graves del art. 155 afectan a armas de fuego de categorías superiores, y las leves del art. 157 a otras conductas menores.
El tema 5 trata del régimen sancionador: delitos e infracciones en materia de armas, quién sanciona, plazos de prescripción y retirada de las armas.
El reparto oficial de la Guardia Civil asigna 3 preguntas a este tema. El examen tiene 20 preguntas, y hay que acertar al menos 16 para aprobar. Puedes repasar todas las preguntas del tema 5 o hacer el test del tema.
Pregunta y respuesta del cuestionario oficial de la Guardia Civil para la prueba teórica de las licencias de armas D, E y AEM. Las explicaciones son nuestras y no sustituyen a la normativa vigente.
