Si no constituye infracción penal, la cesión de ballestas por particulares, sin tener las autorizaciones o licencias pertinentes ¿de qué infracción administrativa se trata?
La respuesta correcta es la a: Leve. Ceder ballestas sin las autorizaciones o licencias pertinentes es infracción leve: el art. 157.a) del Reglamento de Armas califica así la cesión (conducta del art. 156.f) referida a armas de las categorías 4.ª a 7.ª, con multa de hasta 300,51 euros. Si el arma fuese de fuego de las categorías 2.ª o 3.ª, la cesión sería grave. Lo que determina el grado es el tipo de arma. Ten en cuenta que la norma ha sido reformada: la Ley Orgánica 4/2015 (art. 36.12) califica hoy de grave la adquisición, tenencia, cesión o enajenación de armas reglamentarias sin autorización, sin distinguir por categorías; comprueba el texto vigente.
El tema 5 trata del régimen sancionador: delitos e infracciones en materia de armas, quién sanciona, plazos de prescripción y retirada de las armas.
El reparto oficial de la Guardia Civil asigna 3 preguntas a este tema. El examen tiene 20 preguntas, y hay que acertar al menos 16 para aprobar. Puedes repasar todas las preguntas del tema 5 o hacer el test del tema.
Pregunta y respuesta del cuestionario oficial de la Guardia Civil para la prueba teórica de las licencias de armas D, E y AEM. Las explicaciones son nuestras y no sustituyen a la normativa vigente.
